Compartimos un extracto del Informe: Violaciones de Derechos Humanos y abusos en el contexto de las protestas en Nicaragua 18 de abril – 18 de agosto de 2018 de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)

Ginebra, agosto de 2018.

 

RECOMENDACIONES 

  1. Basado en los hallazgos contenidos en este informe, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, realiza las siguientes recomendaciones:

Al Gobierno de Nicaragua:

  1. Poner fin inmediato al acoso, intimidación, estigmatización, criminalización (incluido a través del uso de legislación anti-terrorista), y cualquier otro tipo de represalias en relación con la participación en las protestas, incluidas contra los manifestantes, personas defensoras de los derechos humanos, opositores políticos, periodistas y otros.
  2. Desmantelar y desarmar inmediatamente los elementos armados progubernamentales, y proteger a la población de ataques y otros actos ilegales y violentos.
  3. Asegurar que se realicen prontamente investigaciones independientes, imparciales, efectivas, completas y transparentes en relación con todas las denuncias de serias violaciones a los derechos humanos y abusos que han ocurrido desde el 18 de abril, especialmente ejecuciones extrajudiciales, tortura, desapariciones forzadas de personas, arrestos y detenciones arbitrarias o ilegales; asegurar que las investigaciones criminales incluyan a todos aquellos que perpetraron, directa o indirectamente, ordenaron, apoyaron o toleraron dichos actos, incluyendo la cadena de mando de las autoridades implicadas. Estos actos no deberían quedar sin sanción.
  4. Detener todos los arrestos ilegales, y liberar a todas las personas que han sido detenidas arbitrariamente; asegurar que el derecho al debido proceso de todas las personas acusadas sea respetado y que cualquier acusación criminal contra ellas sea acorde con los principios de legalidad, proporcionalidad y responsabilidad individual.
  5. Asegurar que información precisa y actualizada sobre personas privadas de libertad y la ubicación de su detención esté disponible públicamente; que las personas sean informadas con rapidez de las razones de su arresto, tengan acceso a un abogado de su elección y sean prontamente llevadas ante un juez, y se les garantice su derecho a un juicio justo.
  6. Asegurar que el derecho a la libertad de reunión pacífica sea plenamente respetado a través del debido control de las manifestaciones públicas, de conformidad con los estándares y normas internacionales de derechos humanos aplicables.
  7. Tomar medidas urgentes para garantizar la independencia e imparcialidad del Poder Judicial, absteniéndose de ejercer cualquier indebida interferencia, presión o influencia.
  8. Reanudar el Diálogo Nacional de una forma debida e inclusiva, para lograr acuerdos basados en los derechos humanos y principios democráticos.
  9. Terminar y penalizar la estigmatización pública de quienes critican las políticas y acciones del Gobierno.
  10. Otorgar a la OACNUDH acceso directo e irrestricto a todo el país, incluyendo a los lugares de detención, de acuerdo con el mandato del Alto Comisionado y las prácticas estándares de interacción y cooperación técnica con las autoridades y la sociedad civil.
  11. Asegurar una cooperación efectiva con el Mecanismo Especial de Monitoreo para Nicaragua de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y con el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes.
  12. Permitir el acceso al país a los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos que han solicitado realizar una visita oficial, de acuerdo a la invitación abierta de Nicaragua extendida en 2006.

A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos:

  1. Implementar su mandato, incluyendo como mecanismo nacional de prevención de la tortura, en pleno cumplimiento con los Principios de París, fortaleciendo el Estado de derecho y los derechos humanos, incluyendo a través del monitoreo de la situación de los derechos humanos, el reporte público de sus hallazgos, y haciendo recomendaciones a las autoridades.
  2. Cooperar plenamente con la Alianza Global de Instituciones de Derechos Humanos; buscar asistencia técnica de la OACNUDH, con miras a fortalecer sus prácticas operativas y su marco institucional para promover y proteger los derechos humanos con independencia del Gobierno.

Al Consejo de Derechos Humanos y a la comunidad internacional más amplia:

  1. Monitorear la evolución de la situación en Nicaragua considerando la adopción de medidas para prevenir un mayor deterioro de la situación de los derechos humanos y alentando a la Asamblea General a actuar de la misma manera. Estas medidas podrían incluir la creación de una Comisión Internacional de Investigación o una Comisión de la Verdad híbrida (nacional– internacional) para asegurar el acceso a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.
  2. Hacer un llamado a Nicaragua a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia derechos humanos y con sus compromisos y promesas voluntarios, incluidas aquellas en el contexto del mecanismo del Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos, y a cooperar plenamente con los órganos y mecanismos de derechos humanos.